RESOLUCIÓN 35E/2019, de 12 de abril, de la Directora General de Política Económica y Empresarial y Trabajo, por la que se aprueba la convocatoria de la subvención “Subvención para inversiones en adaptación de equipos y lugares de trabajo, de 2019”.

 

Fecha de publicación en el BON: 3 mayo 2019.

Ejercicio: 2019.

Dirigida a: Empresas que empleen a menos de 150 personas que vayan a realizar inversiones en sus centros de trabajo ubicados en Navarra.

Objetivo: fomentar la seguridad y salud de los trabajadores con el fin de reducir la siniestralidad laboral, mejorando las condiciones de los equipos y lugares de trabajo.

Partida presupuestaria total 2019: 250.000 €. 

Máximo subvencionable: 30.000 euros por beneficiaria. Subvencionables inversiones realizadas entre el 1 de enero y el 31 de octubre de 2019.

Porcentaje de subvención: 25% del gasto subvencionable (IVA excluido), pudiendo ascender al 30%, con la limitación del máximo subvencionable comentada, cuando la empresa adopte y acredite una de las siguientes medidas:

  • Plan de Igualdad.
  • Medidas de conciliación de la vida personal, laboral y familiar.
  • Obtención de un reconocimiento o distintivo emitido por una entidad competente en materia de igualdad de género, por aplicar políticas de igualdad de trato y oportunidades
  • Obtención del sello InnovaRSE en los últimos cinco años.

También podrá incrementarse hasta el 30% cuando la beneficiaria esté reconocida como una Entidad Asociativa Prioritaria (EAP) o esté integrada en una EAP, cuando se trate de intervenciones en los lugares de trabajo destinadas a ofrecer seguridad frente al riesgo de violencia externa (agresiones físicas) o intervenciones en lugares de trabajo realizadas con criterios de seguridad vial laboral, con objeto de reducir la exposición de los trabajadores al riesgo de golpes o atropellos por vehículos.

Forma de concesión: evaluación individualizada, por orden de entrada.

Plazo de presentación de solicitudes: hasta el 5 agosto 2019, salvo inversiones realizadas con anterioridad a la publicación de la convocatoria, cuyo plazo será de un mes desde publicación en el BON de la ayuda.

Forma de presentación: obligatoriamente de manera telemática a través de este           ENLACE

Conceptos subvencionables: inversiones cuya necesidad preventiva haya quedado reflejada en la Evaluación de Riesgos de la empresa y se hayan recogido en la Planificación de la Actividad Preventiva.

1.1.Inversiones en adaptación, sustitución o adquisición de equipos de trabajo.

1.2.Inversiones en lugares de trabajo.

1.3.Adaptaciones de puestos de trabajo.

 

Plazo de ejecución de la inversión: entre el 1 de enero y el 31 de octubre de 2019.

Presentación documentación justificativa de la inversión: hasta 31 de octubre de 2019.

Documentación para la solicitud de ayuda:

Documentación justificativa inversión:

  • Memoria explicativa de la inversión realizada en la que se enumeren los documentos justificativos de gasto y pago realizados.
  • Documentos justificativos de gasto y pago realizados.
  • Documentación justificativa específica para cada tipo de inversión.
  • Si se ha hecho por leasing, aportar copia del contrato de leasing en el que figure el compromiso firme de adquirir el activo al finalizar el mismo, el cuadro de amortización de arrendamiento financiero y justificante del pago de la totalidad del IVA de la operación.
  • Declaración de cumplimiento.

Plazo de resolución: tres meses desde recepción de la solicitud. Silencio administrativo desestimatorio.

Abono subvención: La resolución de abono de la subvención se dictará en el plazo de tres meses a contar desde la presentación de la documentación justificativa.

Obligaciones de los beneficiarios:

  • En el plazo de un mes, a contar desde la notificación de la concesión de la subvención, presentar telemáticamente la declaración de transparencia.
  • Realizar y justificar la inversión subvencionada en la forma señalada en la base anterior.
  • Inversiones financiadas mediante arrendamiento financiero (leasing), la obligación señalada en la base 10.2.
  • Mantener los equipos e inversiones objeto de subvención, en propiedad de la empresa durante dos años, como mínimo, a contar desde la fecha de la resolución de abono de la subvención.
  • Publicitar la ayuda a la inversión recibida, mediante la inclusión en la web corporativa o en un lugar visible de la empresa, durante al menos dos años a contar desde la fecha de la resolución de abono de la ayuda, de la siguiente frase: “Esta empresa ha recibido una subvención del Gobierno de Navarra en virtud de la convocatoria de 2019 para inversiones en adaptación de equipos y lugares de trabajo”.
  • Las obligaciones generales establecidas en el artículo 9 de la Ley Foral de Subvenciones.

 

PARA ACCESO AL TEXTO COMPLETO DE LA RESOLUCION PINCHAR AQUI.

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