RESOLUCIÓN 51/2021, de 16 de abril, del Director General de Medio Ambiente, por la que se aprueban las bases reguladoras y la convocatoria para el ejercicio 2021-2022 de las ayudas a trabajos forestales promovidos por Entidades Locales y Agentes Privados (Submedidas 04.03.05 y 08.05.01 del PDR 2014_2020).

 

Fecha de publicación en el BON: 20 mayo 2021.

Campaña: 2021-2022

Plazo de presentación: del 21-05-2021 al 12-08-2021 inclusive.

Dirigida a: Entidades locales y agentes forestales privados.

Objetivo:

  • Fomentar, la inversión en el desarrollo de zonas forestales y mejora de la viabilidad de los bosques, mediante la inversión en la recuperación de valor ambiental de los ecosistemas forestales. (Operación 08.05.01)
  • Fomentar, la inversión en activos físicos, y específicamente la inversión en infraestructuras forestales. (Operación 04.03.01)

 Partida presupuestaria total: 

  • Entidades locales:  2.430.000 €.
Submedida 08.05.01

Inversiones en la recuperación del valor ambiental de los ecosistemas forestales

Submedida 04.03.05

Inversiones en infraestructuras forestales

                                    1.750.000              680.000

 

Máximo auxiliable: 200.000 €

Mínima inversión: 5.000 €

 

  • Agentes privados:  640.000 €.

 

Submedida 08.05.01

Inversiones en la recuperación del valor ambiental de los ecosistemas forestales

Submedida 04.03.05

Inversiones en infraestructuras forestales

                                600.000                     40.000

 

Máximo auxiliable: 105.000 €

Mínima inversión: 2.000 €

Porcentaje de subvención: Entre el 30-80%, en función del tipo de trabajo forestal propuesto y categoría de agente y monte. Documentación técnica y dirección de obra 100%

Forma de concesión: las ayudas serán concedidas conforme al procedimiento de concurrencia competitiva, mediante la comparación de solicitudes presentadas a fin de establecer una prelación entre las mismas.

 

Fecha finalización inversiones para la campaña 2021/2022:  7 de octubre de 2022.

Presentación de la documentación justificativa: antes del 14 de octubre de 2022.

 

Texto completo en: ACCESO A BON

Presentación de solicitudes: RELLENANDO FICHA DE SOLICITUD

Se puede tramitar por internet y también se puede presentar en las oficinas de registro y atención del Gobierno de Navarra y en cualquier otro lugar previsto en la Ley 39/2015.

 

Modalidades y acciones subvencionables:

 1- Destinadas a la gestión sostenible del monte (Operación 08.05.01).

–Modalidad A.1: Repoblaciones forestales.

–Modalidad A.2: Labores silvícolas.

–Modalidad B:    Biodiversidad.

–Modalidad C:   Elaboración de la documentación técnica de proyectos forestales y Dirección de obra.

–Modalidad E:   pequeñas infraestructuras.

2– Inversiones en activos físicos: infraestructuras forestales (Operación 04.03.05).

-Modalidad C:   Asesoramiento, elaboración y registro telemático de documentación técnica de proyectos y memorias forestales y Dirección de Obra.

-Modalidad D:   Construcción y mejora de vías forestales.

 

1- Subvenciones destinadas a la gestión sostenible del monte (Operación 08.05.01).

 Modalidad A.1: Repoblaciones forestales. 

  • Repoblación: preparación y plantación.
  • Preparación terreno para plantación.
  • Plantación o siembra.
  • Cierres y protecciones.
  • Mantenimiento: control vegetación y reposición de marras. Cinco primeros años.

 

Modalidad A.2: Labores selvícolas 

  • Clareos
  • Desbroces
  • Cierres no ligados a repoblaciones.
  • Podas y tallas de formación.

 

Modalidad B. Biodiversidad.

Subvencionables: aquellas acciones no incluidas en ninguna otra modalidad cuyo objetivo principal sea la conservación de hábitats de especies forestales y estén previstas en alguno de los PG de ZECs aprobados.

 

Modalidad C. Asesoramiento, elaboración y registro telemático de documentación técnica de proyectos y memorias forestales y Dirección de Obra 

  • C1. Documentación técnica.
  • C2. Dirección de obra.

Modalidad E.–Pequeñas infraestructuras

Localizadas íntegramente en terrenos forestales, mejoren la regulación del uso público:

  • Mejora de puntos de agua potable (fuentes), de los senderos y de aparcamientos.
  • Creación de nuevas infraestructuras para el uso público dentro del espacio incluidas en alguna de las categorías recogidas en el punto 1 de esta modalidad.

El material principal a emplear: madera, de fuentes sostenibles, con el correspondiente sello de certificación forestal PEFC, FSC® o de otro sistema que garantice dicho origen.

 

2.–Subvenciones para las inversiones en activos físicos: infraestructuras forestales (Operación 04.03.05).

Modalidad C: Asesoramiento, elaboración y registro telemático de documentación técnica de proyectos y memorias forestales y Dirección de Obra.

Modalidad D: Construcción y mejora de vías forestales (04.03.05).

Subvencionables: apertura de caja, mejora de explanación, construcción y limpieza de cunetas y desbroces, drenajes y salvacunetas, escolleras, afirmado y hormigonado.

 

Otros aspectos a tener en cuenta:

No subvencionables: medios propios ni auzolanes, los materiales sí.

  • Moderación de costes, según tarifas forestales de Navarra. ACCESO A TARIFAS
  • IVA no subvencionable.

 

Compromiso de mantenimiento:

  • El promotor se compromete al mantenimiento de la infraestructura propuesta en la solicitud.
  • Dicho mantenimiento puede ser subvencionable en campañas posteriores.
  • Las infraestructuras con ayudas podrán ser inspeccionables.

 

Obligaciones de los beneficiarios.

  • Hacer las inversiones según lo establecido. Si hay modificaciones, se necesita visto bueno del Departamento.
  • Mantener los requisitos de valoración hasta la fecha de resolución.
  • Aportar la documentación técnica necesaria.
  • Solicitar actuaciones compatibles con el espacio natural y la legislación foral en materia de espacios y montes.
  • Respetar el patrimonio rural natural en las actuaciones que promuevan.
  • Someterse a los controles necesarios para la comprobación de la correcta concesión y ejecución de la inversión y el posterior mantenimiento.
  • Comunicar la percepción de otras subvenciones para las mismas inversiones.
  • Si hay algo que no se vaya a ejecutar, comunicarlo al Departamento en máximo dos meses tras la notificación de concesión.
  • No hallarse imposibilitado para la obtención de la condición de subvenciones; estar al corriente en las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
  • Conservar la documentación.
  • Para subvenciones de más de 50.000 € poner distintivo de la percepción de ayuda.
  • Reintegros según bases.
  • Correcto mantenimiento de las inversiones. En caso de siniestro, comunicarlo al Departamento.
  • Permitir el libre acceso a las parcelas objeto de subvención al personal del Servicio de Medio Natural, para supervisar los trabajos y, si procede, los compromisos de durabilidad de las inversiones durante los 5 años siguientes.
  • Agentes privados: no incurrir en deslocalización empresarial.
  • No hallarse, en el momento en que se dicte la propuesta de resolución de concesión o de pago, incurso en un inicio de un expediente sancionador en materia de medio ambiental o forestal.

Compromisos de cumplimiento diferido.

  • Mantenimiento cinco años.
  • No hacer cambios sustanciales en la inversión o medidas que supongan menoscabo de los objetivos pretendidos en la concesión de ayuda.

 

Documentación a presentar:

Resto de la documentación, según la Base 13 de la convocatoria.

 

Anexos:

 

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RESULTADOS CAMPAÑA 2020-2021

AGENTES PRIVADOS

ENTIDADES LOCALES

 

 

 

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