RESOLUCIÓN 137/2018, de 15 de mayo, de la Directora General de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, por la que se aprueban las bases reguladoras y la convocatoria para el ejercicio 2018-2019 de las ayudas a trabajos forestales promovidos por Entidades Locales y agentes privados.
(Submedidas 04.03.05 y 08.05.01 del PDR 2014-2020).

 

Fecha de publicación en el BON
  • 7 junio 2018.

 

Campaña
  • 2018-2019.

 

Dirigida a
  • Entidades locales y agentes forestales privados.

 

Objetivo
  • Fomentar inversiones en desarrollo de zonas forestales y mejora de viabilidad de los bosques (recuperación del valor ambiental de los ecosistemas forestales).
  • Fomentar inversiones en activos físicos (infraestructuras forestales).

 

Partida presupuestaria total
  • ENTIDADES LOCALES:   2.000.000 €

Máximo auxiliable: 200.000 €

Mínima inversión: 5.000 €

  • Solicitudes que solamente incluyan plantaciones de terrenos cuya preparación se ha subvencionado en campañas anteriores, mantenimientos de repoblaciones u otros mantenimientos de obligado cumplimiento, subvencionados en campañas anteriores o ejecutados en su totalidad por el Gobierno de Navarra, no les será aplicable el límite mínimo de inversión auxiliable.

 

  • AGENTES PRIVADOS:   300.000 €

Máximo auxiliable: 105.000 €

Mínima inversión: 2.000 €

  • Solicitudes que solamente incluyan plantaciones de terrenos cuya preparación se ha subvencionado en campañas anteriores, mantenimientos de repoblaciones u otros mantenimientos de obligado cumplimiento, subvencionados en campañas anteriores o ejecutados en su totalidad por el Gobierno de Navarra, no les será aplicable el límite mínimo de inversión auxiliable.

 

Porcentaje de subvención
  • Entre el 45-80%, en función del tipo de trabajo forestal propuesto.

 

Presentación de solicitudes

http://www.navarra.es/home_es/Servicios/ficha/7609/Ayudas-para-actividades-forestales-promovidas-por-agentes-privados-Campana-2018-2019

 

Forma de concesión
  • Se conceden por concurrencia competitiva, se asigna baremación y comparan solicitudes ordenándolas de mayor a menor puntuación obtenida, para establecer orden de concesión.

 

Enlace a las tarifas

(para moderación de costes): https://www.navarra.es/home_es/Temas/Medio+Ambiente/Montes/Tarifas+forestales.htm

 

Texto completo en

http://www.navarra.es/home_es/Actualidad/BON/Boletines/2018/109/Anuncio-11/

http://www.navarra.es/home_es/Actualidad/BON/Boletines/2018/109/Anuncio-12/

 

Fecha finalización inversiones para la campaña 2018/2019
  • 15 de octubre de 2019.

 

Presentación de la documentación justificativa
  • Antes del 18 de octubre de 2019
Costes subvencionables
  • Recogidos en la Base 8, siempre que cumplan los requisitos establecidos en la Base 7.

 

Modalidades subvencionables
  • Con sus correspondientes normas técnicas. Base 7.

 

1- Subvenciones destinadas a la gestión sostenible del monte (Operación 08.05.01).

 

Acciones subvencionables:

 

Modalidad A.1: Repoblaciones forestales.

Modalidad A.2. Labores silvícolas.

Modalidad B: Biodiversidad.

Modalidad C: Elaboración documentación técnica de proyectos forestales y Dirección de obra.

Modalidad E: pequeñas infraestructuras.

 

Modalidad A.1: Repoblaciones forestales. (08.05.01)

 

  • Repoblación: preparación y plantación.
  • Preparación terreno.
  • Plantación o siembra.
  • Cierres y protecciones.
  • Mantenimiento: control vegetación y reposición de marras. Cinco primeros años.

 

Modalidad A.2: labores selvícolas (08.05.01) (Normas técnicas descritas en la convocatoria)

 

  • Clareos.
  • Desbroces.
  • Cierres no ligados a repoblaciones.
  • Podas y tallas de formación.

 

Modalidad B. Biodiversidad. (08.05.01)

Subvencionables: acciones no incluidas en ninguna otra modalidad, con objetivo conservación de hábitats de especies forestales y previstas en alguno de los PG de ZECs aprobados. Restauración de sotos de ribera: mismos requisitos que los establecidos para los cinco primeros metros en plantaciones lindantes con cauces fluviales, incluida presentación de plan de mantenimiento.

 

Modalidad C. Elaboración de documentación técnica de proyectos y memorias forestales y Dirección de Obra (08.05.01 ).

C1. Documentación técnica.

C2. Dirección de obra.

 

Modalidad E.–Pequeñas infraestructuras (08.05.01).

Localizadas íntegramente en terrenos forestales, mejoren la regulación de dicho uso. El material principal a emplear: madera, de fuentes sostenibles, con el correspondiente sello de certificación forestal PEFC, FSC® o de otro sistema que garantice dicho origen.

 

 

2.–Subvenciones para las inversiones en activos físicos: infraestructuras forestales (Operación 04.03.05).

 

Modalidad C: Elaboración de la documentación técnica de proyectos forestales y Dirección de obra.

Modalidad D: Construcción y mejora de vías forestales (04.03.05).

 

Otros aspectos a tener en cuenta:

No subvencionables: medios propios ni auzolanes, los materiales sí.

  • Moderación de costes, según tarifas forestales de Na.
  • IVA no subvencionable.

 

Compromiso de mantenimiento:

  • Se establecen condiciones tanto en el mantenimiento de repoblaciones como de infraestructuras.
  • El promotor se compromete al mantenimiento de la infraestructura, según lo visto.
  • Dicho mantenimiento puede ser subvencionable en campañas posteriores.
  • Las infraestructuras con ayudas podrán ser inspeccionables.

 

Obligaciones de los beneficiarios

  • Hacer las inversiones según lo establecido. Si hay modificaciones, se necesita visto bueno del Departamento.
  • Mantener los requisitos de valoración hasta la fecha de resolución.
  • Aportar la documentación técnica necesaria.
  • Solicitar actuaciones compatibles con el espacio natural y la legislación foral en materia de espacios y montes.
  • Respetar el patrimonio rural natural en las actuaciones que promuevan.
  • Someterse a los correspondientes controles previos, durante y de mantenimiento posteriores y permitir libre acceso de la Administración.
  • Comunicar la percepción de otras subvenciones para las mismas inversiones. Son incompatibles con FEDR y Departamento.
  • Si hay algo que no se vaya a ejecutar, comunicarlo al Departamento en máximo dos meses tras la notificación de concesión.
  • Conservar la documentación.
  • Para subvenciones de más de 50.000 € poner distintivo de la percepción de ayuda.
  • Reintegros según bases.
  • Correcto mantenimiento de las inversiones. En caso de siniestro, comunicarlo al Departamento.
  • No hallarse en cualquiera de las situaciones que imposibilitan para la obtención de la condición de beneficiario previstas en el artículo 13 de la Ley Foral 11/2005 de subvenciones, y estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
  • Permitir el libre acceso a las parcelas objeto de subvención al personal del Servicio de Medio Natural, para supervisar los trabajos y, si procede, los compromisos de durabilidad de las inversiones durante los 5 años siguientes.

 

Compromisos de cumplimiento diferido

  • Mantenimiento cinco años.
  • No hacer cambios sustanciales en la inversión ó medidas que supongan menoscabo de los objetivos pretendidos en la concesión de ayuda.

 

Solicitud de ayuda y documentación complementaria
  • Debe ir dirigida al Departamento.
  • Acompañada de la petición de autorización ambiental.
  • Obligatoria presentación telemática.
  • No subvencionables inversiones previas a la solicitud de ayuda, salvo estudios de viabilidad, sostenibilidad económica y ambiental, que sí se pueden hacer previamente, pero para ser subvencionados, requieren que se haga alguna de las actuaciones previstas.
  • Listado documentación a presentar para solicitud:
    • Impreso de solicitud
    • Acciones solicitadas
    • Autorización de representación
    • Autorización del titular de la parcela al solicitante
    • Certificación/Declaración responsable
    • Resto de la documentación, según la base 13 de la convotoria.
  • Plazo de subsanación: diez días hábiles desde recibir la resolución.
  • 1 solicitud/convocatoria.

 

ANEXO I:
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