Introduce cambios importantes en pesos y dimensiones que permitirá al transporte de madera en rollo transportar cargas de hasta 44 toneladas al igual que en otros países de la Unión Europea.

 

Con la publicación de la Orden PJC/780/2025, de 21 de julio, por la que se modifican los anexos II, IX, X y XVIII del Reglamento General de Vehículos, aprobado por el Real Decreto 2822/1998, de 23 de diciembre, se cumple parcialmente una demanda largamente esperada por el sector: la posibilidad de transportar mayores cargas de madera en rollo, en línea con lo que desde hace años se permite en el resto de Europa.

 

Para impulsar este cambio se creó el año pasado la ASOCIACIÓN NACIONAL DE TRANSPORTE DE MADERA EN ROLLO (ANTMR), entidad nacional sin ánimo de lucro, enfocada en la necesidad de visibilizar el problema que, desde hace mucho tiempo, tienen las empresas que transportan madera en rollo en el estado español ya que la normativa vigente de transporte por carretera en España es mucho más restrictiva que la normativa del resto de países de la Unión Europea.

 

La revisión de los mencionados anexos supone una equiparación parcial con el resto de los países de la UE y representa un avance clave en términos de eficiencia logística, reducción de emisiones por tonelada transportada y mejora de la competitividad de la cadena de valor forestal, permitiendo optimizar el transporte de un recurso natural clave como es la madera.

 

Novedades principales

      • Conjuntos Euro modulares: simplificación de uso y autorización, incluidos los Eco Combi o Duo Tráiler de 32 m de longitud y 72 t de MMA.
      • Altura máxima: ampliación a 4,5 m para transporte de paja, animales vivos y suministros a industrias en distancias < 50 km.
      • MMA general de 44 t: equiparación nacional con 13 Estados de la Unión Europea, incrementando en 4 toneladas respecto al límite anterior de 40 toneladas, lo que mejora la eficiencia y reduce emisiones.

Resumen de las nuevas MMA para transporte de madera en rollo

En recorridos predeterminados entre provincias limítrofes o en distancias no superiores a 150 kilómetros entre el bosque y la industria forestal más próxima la masa máxima autorizada será de:

 

      • Articulados 3 ejes + 2 ejes (o viceversa): 32 t
      • Conjuntos de 4 ejes: 42 t
      • Conjuntos de 5 ejes: 52 t
      • Conjuntos de 6 o más ejes: 57 t

 

Fechas de entrada en vigor

  • General: 24 de julio de 2025.

 

  • Anexo IX (MMA por eje incluidas las 44 t): 23 de octubre de 2025

 

 

UNEMADERA, la asociación de referencia nacional del sector forestal y maderero, ANTMR, y AVEBIOM, han emitido una nota de prensa expresando su satisfacción por la publicación de la modificación del Reglamento agradeciendo al Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible y a la Dirección General de Tráfico (DGT) el esfuerzo realizado y su disposición al diálogo y su sensibilidad hacia las necesidades específicas del transporte de madera en rollo.

 

También señalan que la limitación de esta medida a transportes en un radio máximo de 150 kilómetros supone una restricción significativa que reduce su verdadero potencial y se comprometen a seguir trabajando con las autoridades competentes para que esta limitación se elimine.

 

Desde ADEMAN seguiremos defendiendo la eliminación de la limitación de distancia de 150 km, buscando la completa equiparación con los estándares europeos y favoreciendo al conjunto del sector forestal y maderero.

 

NOTA DE PRENSA

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