Las medidas de regulación del tráfico de las carreteras afectadas por las obras de Belate se prolongarán hasta la finalización de los trabajos de mejora de los túneles previstos para el 30 de noviembre de 2018.

 

El pasado 22 de mayo se publicó en el BON la Orden Foral 31/2018, de 10 de mayo, del Consejero de Desarrollo Económico, donde se establecen ciertas limitaciones temporales a la circulación de determinados vehículos como consecuencia del cierre temporal de los túneles de Belate y Almándoz, situados en el trazado de la N-121-A, por obras de adecuación de las instalaciones conforme a las medidas de seguridad exigidas en la Directiva Europea 2004/54/CE, tal y como ya os informamos en un post anterior.

En principio se establecieron dichas limitaciones hasta el 15 de julio, a fin de poder hacer seguimiento y revisión de la eficacia de las mismas, y determinar su continuidad en función de la accidentabilidad que se detectase.

Tras evaluación de este tiempo de funcionamiento, se establece en Orden Foral 56/2018, de 5 de julio, del Consejero de Desarrollo Económico, prolongar dichas limitaciones hasta el 30 de noviembre de 2018 inclusive, fecha en la que previsiblemente estarán ya concluidas las obras y se podrán reabrir los túneles.

En este enlace podéis consultar la Orden Foral completa.

 

Quedan descritas las limitaciones en el Anexo de la Orden, siendo las principales:

Limitaciones temporales a la circulación en las carreteras N-121-A, NA-1210 y N-121-B
  1. Prohibida la circulación de los vehículos y conjuntos de vehículos de transporte de mercancías en tránsito de cuatro o más ejes por las carreteras N-121-A, NA-1210 y N-121-B en los tramos de dichas carreteras, las fechas, los horarios y con las limitaciones según la última cifra numérica de la placa de la matrícula que a continuación se indican:
  • Vías objeto de la limitación: carretera N-121-A, tramo entre el p.k. 5,459 (rotonda de los túneles de Ezcaba) y el p.k. 63+750 (a la entrada, desde el sur, a la población de Bera), y la NA-1210 y N-121-B en todo su recorrido completo.
  • Vehículos objeto de la limitación: los vehículos y conjuntos de vehículos de transporte de mercancías en tránsito de cuatro o más ejes.
  • Horario sometido a prohibición de circulación: desde las 6 horas hasta las 22 horas.
  • Periodo de la limitación: desde el día 16 de julio de 2018, hasta el día 30 de noviembre de 2018, ambos inclusive, aplicándose dicha limitación por semanas alternas en función de la última cifra numérica de la placa de la matrícula, par o impar, de los vehículos de transporte de mercancías en tránsito y de los vehículos tractores de los conjuntos de vehículos de transporte de mercancías en tránsito, según el siguiente calendario:
Vehículos y conjuntos de vehículos de transporte de mercancías en tránsito de cuatro o más ejes sometidos a la limitación
FECHAS ÚLTIMA CIFRA NUMÉRICA DE LA PLACA DE LA MATRÍCULA
Del 16 al 22 de julio Par
Del 23 al 29 de julio Impar
Del 30 de julio al 5 de agosto Par
Del 6 al 12 de agosto Impar
Del 13 al 19 de agosto Par
Del 20 al 26 de agosto Impar
Del 27 de agosto al 2 de septiembre Par
Del 3 al 9 de septiembre Impar
Del 10 al 16 de septiembre Par
Del 17 al 23 de septiembre Impar
Del 24 al 30 de septiembre Par
Del 1 al 7 de octubre Impar
Del 8 al 14 de octubre Par
Del 15 al 21 de octubre Impar
Del 22 al 28 de octubre Par
Del 29 de octubre al 4 de noviembre Impar
Del 5 al 11 de noviembre Par
Del 12 al 18 de noviembre Impar
Del 19 al 25 de noviembre Par
Del 26 al 30 de noviembre Impar

 

  • Se consideran vehículos o conjunto de vehículos de transporte de mercancías en tránsito aquellos cuyo origen y destino establecido en la carta de porte o documentación equivalente que lleven a bordo esté situado fuera del ámbito de las carreteras N-121-A, NA-1210 y N-121-B.

 

  • Se considera ámbito de las carreteras N-121-A, NA-1210 y N-121-B todas las poblaciones o destinos situados en la propia N-121-A o en sus proximidades, así como las poblaciones cercanas que se citan a continuación, a las que se accede, desde la N-121-A, NA-1210 y N-121-B, a través de las siguientes carreteras locales: Poblaciones significativas: Ostiz, Burutain, Etulain, Olagüe, Aritzu, Lantz, Almandoz, Zozaia, Oronoz-Mugairi, Elizondo, Arraioz, Irurita, Arizkun, Amaiur-Maya, Urdazubi-Urdax, Dantxarinea, Zugarramurdi, Narbarte, Legasa, Doneztebe-Santesteban, Sunbilla, Lesaka, Etxalar, Bera. Además de todas las poblaciones a las que se acceda a través de las siguientes carreteras, o sus ramales y subramales: NA-411, NA-170, NA-2510, NA-2520, NA-2521, NA-2522, NA-2523, NA-4000, NA-4020, NA-4230, NA-4400, NA-4410, NA-4401.

 

  • Se considerarán exceptuados de estas limitaciones:
    • Los desplazamientos dentro del ámbito de las carreteras N-121-A, NA-1210 y N-121-B cuyo destino u origen sea la residencia habitual del conductor o el lugar de domiciliación del vehículo; para efectuar los descansos diario o semanal; para la realización de operaciones de reparación o mantenimiento del vehículo.
    • Los vehículos dedicados al servicio de auxilio en carretera.

 

  • No estarán sometidos a estas limitaciones los autobuses de servicio público o discrecional de pasajeros.

 

  1. Prohibida la circulación de bicicletas y otros ciclos así como la celebración de eventos deportivos y actividades recreativas que afecten al tramo de la carretera NA-1210 comprendido entre los puntos kilométricos 0 y 13+000, durante todo el periodo de duración del cierre de los túneles de Belate y Almándoz, es decir, desde el 4 de junio de 2018, hasta la apertura de los mismos prevista el 30 de noviembre de 2018.

 

  1. Mercancías peligrosas: se prohíbe la circulación a los vehículos que llevan paneles naranja de señalización de peligro reglamentarios conforme al Acuerdo Europeo sobre el Transporte de Mercancías Peligrosas por Carreteras por las carreteras N-121-A, NA-1210 y N-121-B, desde las 6 horas hasta las 22 horas, durante todo el periodo de duración del cierre de los túneles de Belate y Almándoz, es decir, desde el 4 de junio de 2018, hasta la apertura de los mismos prevista el 30 de noviembre de 2018, si bien se exceptúan de esta prohibición los transportes de suministro de combustible y de otras mercancías peligrosas con fines médicos en el ámbito de las carreteras N-121-A, NA-1210 y N-121-B.
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