RESOLUCIÓN 1138E/2024, de 2 de diciembre, de la consejera de Derechos Sociales, Economía Social y Empleo, por la que se aprueba la convocatoria de la «Subvención para inversiones en adaptación de equipos y lugares de trabajo para 2025».
Inversiones cuya necesidad preventiva haya quedado reflejada en la Evaluación de Riesgos de la empresa y se hayan recogido en la Planificación de la Actividad Preventiva.
Fecha de publicación en el BON:
9 de enero de 2025.
Dirigida a:
Empresas privadas que empleen a menos de 150 personas, que hayan realizado o vayan a realizar en sus centros de trabajo, ubicados en Navarra y ya en uso, la inversiones subvencionables.
Objetivo:
Fomentar la seguridad y salud de las personas trabajadas por cuenta ajena, con el fin de reducir la siniestralidad laboral, mejorando las condiciones materiales de los equipos y lugares de trabajo de la empresas.
Inversiones subvencionables:
Serán subvencionables las inversiones realizadas y pagadas entre el 2 de noviembre de 2024 y el 31 de octubre de 2025.
Inversiones en capital fijo para uso propio en la empresa (se excluyen las adquiridas para venta o alquiler) cuya necesidad preventiva haya quedado reflejada en la Evaluación de Riesgos de la empresa y se hayan recogido en la Planificación de la Actividad Preventiva a la que se refiere la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales.
- Inversiones en adaptación, sustitución o adquisición de equipos de trabajo.
- Inversiones en lugares de trabajo.
- Adaptaciones de puestos de trabajo.
Más información: BASE 3 de la convocatoria.
Partida presupuestaria total 2025:
260.000€.
Plazo de presentación de solicitudes:
Desde el 3 de febrero al 31 de marzo de 2025.
Forma de presentación:
La solicitud será obligatoriamente de manera telemática a través de este enlace:
TRAMITAR
Documentación para la presentación de solicitud:
- Memoria del proyecto de inversión.
- Documentación específica y obligatoria para cada tipo de inversión.
- Documento de conformidad con la inversión solicitada con la representación de los trabajadores, si la hubiere.
- Presupuesto detallado del proyecto o factura proforma de la inversión.
- Justificación de la elección del proveedor: cuando el gasto subvencionable (IVA excluido) supere el importe de 12.000 euros por suministro de bienes o 30.000 euros por obra.
Importe de las subvenciones:
25% del gasto subvencionable (IVA excluido), con un máximo de 30.000 euros, pudiendo ascender al 30% si:
- Se adoptan medidas dirigidas a evitar cualquier tipo de discriminación laboral entre mujeres y hombres.
- Si la beneficiaria está reconocida como una entidad asociativa prioritaria o está integrada en una entidad asociativa prioritaria.
- En el caso de intervenciones en lugares de trabajo destinadas a ofrecer seguridad frente al riesgo de violencia externa (agresiones físicas).
- En el caso de intervenciones en lugares de trabajo realizadas con criterios de seguridad vial laboral.
- Si se ha obtenido el sello InnovaRSE o TAMIRSE en cualquiera de sus fases en los últimos 5 años.
Concesión de la subvención:
Se tramitará en régimen de evaluación individualizada, por lo que las solicitudes se evaluarán conforme a los criterios establecidos en la base 6 y la misma se asignará con la intensidad que resulte de dicha evaluación.
Los expedientes se atenderán por orden de presentación.
La resolución se dictará en un plazo máximo de tres meses desde la fecha de presentación de la solicitud.
Documentación obligatoria para la justificación:
- Memoria explicativa de la inversión realizada en la que se enumeren los documentos justificativos de gasto y pago realizados.
- Documentos justificativos de gasto y pago realizados.
- Documentación justificativa específica para cada tipo de inversión.
- En el caso de que la inversión se haya realizado mediante contrato de arrendamiento financiero (leasing), se deberá aportar copia del contrato de leasing en el que figure el compromiso firme de adquirir el activo al finalizar el mismo, el cuadro de amortización de arrendamiento financiero y justificante del pago de la totalidad del IVA de la operación.
Abono de la subvención:
La resolución de abono se dictará en el plazo de tres meses a contar desde la presentación de la documentación justificativa.